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LOS ACOSADORES EN EL TRABAJO, NO TIENEN QUE QUEDAR IMPUNES NI LAS VÍCTIMAS PERMANECER INVISIBLES

El Juzgado de lo Social nº 1 de Sabadell y el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya han condenado a un acosador y a la empresa en la que trabajaban acosador y víctima, a indemnizar a la trabajadora por los daños y perjuicio sufridos, además de declarar probado que la trabajadora estaba siendo acosada.

¿CÓMO DENUNCIAR QUE TE ESTÁN ACOSANDO EN EL TRABAJO?

Mª ANGELES AGUILAR GARCÍA, Letrada de este Despacho, especialista en derecho laboral, asumió la defensa de una trabajadora que estaba siendo acosada en su empresa, por su superior.

Ante tal situación, presentó demanda por vulneración de derechos fundamentales, pidiendo al Tribunal que declarase probado que la trabajadora estaba siendo acosada y condenase tanto a la empresa como al acosador a indemnizarla.

Se plantea la demanda tanto contra el acosador como contra al empresa, porque es ésta, la empresa la que tiene la obligación y el deber de velar para que eso no ocurra.

Cuando una trabajadora está siendo acosada sexualmente por un superior, puede reclamar contra ese acoso a través de dos vías o dos procedimientos distintos.

1.- Puede plantear demanda por extinción de su relación laboral, al amparo del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores y concretamente en su apartado c)

Dicho artículo dice que serán justas causas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato: c) cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario.

En este caso, el propio Tribunal condenará a la empresa a abonar a la trabajadora la misma indemnización que le hubiese correspondido en caso de despido improcedente.

En este caso el Juzgado declarará extinguida la relación laboral

2.- Puede plantear demanda por Vulneración de derechos Fundamentales y solicitar una indemnización por daños y perjuicios, al amparo del artículo 177 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y más concretamente en su apartado 4). 

Aquí la Sentencia declarará probado que existe ese acoso y condenará a empresa y acosador a indemnizar a la trabajadora por daños y perjuicios y la trabajadora conservará el puesto de trabajo.

En las dos vías, la cuestión jurídica es la misma, una trabajadora de la empresa está siendo acosada por otro trabajador de la misma y  la empresa, que es la que está obligada a velar por que eso no ocurra, y si ocurre, tomar las medidas oportunas contra el acosador no ha cumplido con su obligación y mandato legal de protección a la víctima.

La consecuencias en los dos planteamientos son diferentes, pero siempre solicitando que se declare probado que existe ese acoso.

Si sientes que te están acosando en el trabajo, contáctanos y te ayudaremos.

BUFETE LAYRET PASCUAL SLL

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